con el comercializador que le presta el servicio público cuando le entrega o vende los excedentes de energía.
A través del acto administrativo, la CREG estableció los mecanismos de protección y deberes de los usuarios regulados y no regulados del servicio público domiciliario de energía eléctrica del Sistema Interconectado Nacional y las Zonas No Interconectadas, que ejercen la actividad de Autogeneración a Pequeña Escala, y regular su relación
con el comercializador que le presta el servicio público cuando le entrega o vende los excedentes de energía.