“Cada alcaldía y/o distrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 007 de 2010, debe estimar el costo anual del servicio de estratificación y lo presentará al Comité Permanente de Estratificación, como encargado de ejecutar esta función, previo a someter a aprobación del Concejo Distrital o Municipal el proyecto de presupuesto para la vigencia fiscal siguiente.”