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SSPD se pronunció a través de concepto, sobre la realización de reuniones de asamblea ordinaria correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020

Escrito por  Ago 24, 2021

De acuerdo con los artículos 1, 2 y 13 del Decreto 176 de 2021, todas las personas jurídicas deben realizar las reuniones de asamblea ordinaria correspondientes al ejercicio 2019 y las correspondientes al ejercicio 2020, en la fecha señalada en los estatutos, o en su defecto, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento del ejercicio, es decir, antes del 31 de marzo de 2021.

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