2004 del Ministerio de Transporte, cedió su posición contractual a Cormagdalena; el segundo fue un Contrato de Concesión Portuaria celebrado en el 2010, entre Cormagdalena y la Sociedad Portuaria del Norte S.A. hoy Sociedad Barranquilla International Company S.A.
Para el Tribunal es claro que las pretensiones de “restablecimiento del derecho” y de “indemnización de perjuicios” son claramente diferenciables, a saber: en la de restablecimiento se busca volver a una situación jurídica anterior que ha sido afectada por un acto administrativo ilegal, mientras que en la “indemnización de perjuicios” se busca una compensación económica por el daño causado, el cual debe ser objeto de prueba en el proceso y que se encuentra causalmente vinculado a la ilegalidad del acto”.