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Sábado, 11 Mayo 2024

Edición 1161 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Es claro para la Sala que la Superintendencia Financiera cuenta con la expresa potestad legal (Ley 964-2005-artículo 6) de decretar medidas cautelares en las actuaciones administrativas adelantadas en desarrollo de sus funciones, incluyendo el embargo de sumas de dinero depositadas en cuentas bancarias, siempre que (I) estén dirigidas a salvaguardar o proteger recursos en poder de la entidad investigada

La Super Financiera ordenó a la marca CAPITAL UP suspender las actividades en redes sociales de promover o publicitar servicios financieros en el mercado colombiano o a sus residentes, sin contar con la respectiva autorización de esta Superintendencia.

Dirigido a los representantes legales de las entidades vigiladas por la SuperFinanciera, esta Entidad solicitó diligenciar la segunda medición de la encuesta denominada “Innovarómetro - Hacia una Agenda de Innovación Financiera y Tecnológica pos Covid-19”, cuyas instrucciones se encuentran en este enlace Encuesta agenda innovacion posCovid 

La Entidad indicó: “la renta vitalicia inmobiliaria es un producto financiero a través del cual las entidades aseguradoras a partir de la movilización de activos inmobiliarios, pueden ofrecer ingresos complementarios a los propietarios de un bien inmueble como resultado de convertir en dinero el valor patrimonial que representa ese inmueble.

De acuerdo con el concepto de la SuperFinanciera, “las entidades vigiladas pueden poseer acciones en SSTA que contemplen dentro de su objeto social alguna de las actividades autorizadas por la normativa a dichas sociedades y que guarden una relación de medio a fin con el giro ordinario de los negocios de las primeras,