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Hoy 18 de junio vence el plazo para recibir comentarios sobre el proyecto que pretendería establecer medidas para la asignación de las cantidades de gas natural de los contratos con interrupciones para la demanda térmica. Los interesados en enviar sus observaciones deberán hacerlo diligenciando el formato Excel que se encuentra anexo al documento emitido por la entidad y deben ser enviando al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

A través del acto administrativo, se hacen extensivas las reglas transitorias definidas mediante las Resoluciones CREG 058, 064 y 108 de 2020 relacionadas con el pago del valor de la factura por concepto del servicio público domiciliario de energía eléctrica a los usuarios regulados del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectas (ZNI).

    

A través del acto administrativo se modifica el artículo 10 de la Resolución CREG 069 de 2020 relacionada con “las normas para regular las pruebas de disponibilidad de la demanda desconectable voluntaria y se adoptan otras disposiciones relativas a los anillos de seguridad del Cargo por Confiabilidad” el cual quedará así: Artículo 10. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Una vez se encuentre vigente, el ASIC tendrá un plazo para su implementación hasta el 30 de agosto de 2020.

Descargar documento

El proyecto buscaría que los vendedores y los compradores a los que se hace referencia en la Resolución CREG 114 de 2017 puedan negociar directamente contratos de suministro de gas natural, desde la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta el 31 de octubre de 2020, en cantidades mensuales constantes que pueden variar entre un mes y otro, y con un plazo que en todo caso no puede exceder el 30 de noviembre de 2020.

El proyecto pretendería que, a partir del primero de julio de 2020 queden derogadas las medidas especiales transitorias sobre la Revisión Periódica de la Instalación Interna de Gas para la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible adoptadas mediante la Resolución CREG 035 de 2020.