La Sala analizó la figura del término para la corrección de la declaración tributaria y la firmeza de la declaración de renta. De acuerdo con la providencia, la actora tenía derecho a que se practicara la corrección de la declaración del impuesto sobre la renta de 2015, solicitada con
La Sala precisó que La Ley 645 de 2001 autorizó a las asambleas departamentales en cuyo territorio funcionen hospitales universitarios para que: (I) ordenen la emisión de la estampilla Pro-Hospitales Universitarios Públicos y (II) determinen las características, tarifas y todos
Del estudio del caso, la Sala observó que el objeto de la acción contractual impetrada por el Consorcio ISREX era obtener la declaratoria de la nulidad de los actos mediante los cuales el INAT, el FONAT y USOCHICAMOCHA declararon el incumplimiento y la caducidad del
Para la Sala, el beneficio fiscal establecido en el artículo 92 de la Ley 30 de 1992 es de carácter personal y recae sobre las instituciones de educación superior públicas y oficiales, por lo que para que proceda la devolución de IVA, debe estar acreditado que los bienes, insumos y
Advirtió el Despacho, que después de realizar el análisis de las normas demandadas (los numerales 3º y 5º del Decreto 1766 del 2 de junio de 2004, proferido por el Ministerio de Hacienda) y su confrontación con la norma superior presuntamente violada, se observó que no es
La Sala decidió el recurso de apelación interpuesto por la SSPD contra la sentencia del 3 de junio de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de la cual se declaró la nulidad parcial de la Liquidación Oficial de la Contribución Especial de
La Sala advirtió que pese a que la demandante (Consorcio Sanitario Nuevo Mondoñedo) alegó que solo actuó como operador del sitio de aseo de disposición final y que no tuvo control de las tarifas que se recaudan dentro del servicio de aseo, la actora en la modificación del
La Sala preció que “esta causal no procede para controvertir las razones del fallo ni para corregir los errores de apreciación de los hechos y de las pruebas, en que, a juicio del recurrente, hubiera incurrido el fallador. La Sala observa que la parte recurrente, por un lado, no explicó
“Por consiguiente, en sana lógica, se debe entender que el impuesto al consumo de cerveza, se refiere a la cerveza bebida alcohólica, esto es, aquella cuya graduación alcoholimétrica está entre 2.5 y 12 grados alcoholimétricos, no a la cerveza sin alcohol o no alcohólica que tiene
La Sala ha precisado que la simulación es una anomalía negocial en la que las partes dan al negocio que procuran celebrar una apariencia jurídica distinta, con el propósito de no revelar ante terceros el verdadero contenido del negocio llevado a cabo; se trata de una ocultación