"La Ley 1369 de 2009, no establece que los operadores postales al momento de entregar la correspondencia enviada deban adjuntar copia de la colilla de envío de correspondencia firmado por el destinatario. Ahora bien, si la empresa postal tiene dentro de sus servicios el anexo de una copia del certificado de entregada suscrito por el receptor del correo remitido, debe cumplir con ello" Así lo estableció la SSPD a través de la publicación de un concepto.