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SSPD: todo cobro adicional que se incluya en la factura de servicios públicos domiciliarios debe contar con previa autorización del usuario

Escrito por  Dic 02, 2021

Es posible que un prestador de servicios públicos domiciliarios incluya en la factura de servicios públicos otros cobros que se trate, previa autorización y aceptación del usuario o asociado. El valor ajeno a la prestación del servicio público prohibido al prestador suspender o cortar el servicio público, en el evento de que el usuario no efectúe el pago de los conceptos diferentes. Lo anterior, atendiendo lo previsto en el artículo 8 del Decreto 2223 de 1996.

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Modificado por última vez en Jueves, 02 Diciembre 2021 15:30