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Interpretación jurídica de la SSPD sobre el servicio de tratamiento de aguas residuales

Escrito por  Ago 24, 2021

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, el tratamiento de aguas residuales constituye una actividad complementaria del servicio público domiciliario de alcantarillado. Ésta se realiza a través de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales o PTAR, la cual es definida como el “conjunto de obras, instalaciones, procesos y operaciones para tratar las aguas residuales”

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