“En cuanto al Plan de Manejo Ambiental, como instrumento ambiental este ha sido concebido por la legislación ambiental como la herramienta jurídica ambiental a imponer, aprobar o establecer, según el caso para aquellos proyectos, obras o actividades que venían siendo ejecutando antes del 22 de diciembre 1993, fecha en la que se expidió la Ley 99 la cual en
su Título VIII, creó la licencia ambiental, como instrumento de manejo y control ambiental, y estableció su obligatoriedad en la ejecución de ciertas obras, proyectos o actividades que de acuerdo con la ley o los reglamentos pueden causar grave impacto ambiental o modificaciones notorias al paisaje.”
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