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SSPD: toda persona que preste servicios púbicos está sujeto a la aplicación de disposiciones regulatorias de los servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Ago 03, 2021

De acuerdo con el concepto de la SSPD, los servicios públicos domiciliarios pueden ser prestados por el Estado, por particulares o por comunidades organizadas. Cualquiera que sea el caso, quienes prestan estos servicios, quedan sujetos a aplicación y el consecuente cumplimiento de las disposiciones legales y regulatorias que conforman el régimen de los servicios públicos.

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Modificado por última vez en Martes, 03 Agosto 2021 11:03