El Alto Tribunal indicó que para tal efecto, el municipio de Manzanares – previa socialización del proyecto con la comunidad que habita la vereda Las Mercedes -, deberá brindar el apoyo jurídico, técnico y económico para que en dicha comunidad se constituya una persona jurídica sin ánimo de lucro o una empresa comunitaria encargada de la administración de tal esquema diferencial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 338 del Decreto Ley 2811 de 1974; igualmente para que tramite y obtenga la concesión de aguas para el funcionamiento de dicho abasto de agua ante la Corporación Autónoma Regional de Caldas.
Así mismo, hacer un diagnóstico del estado físico y de funcionamiento actual de las redes que distribuyen y abastecen de agua a los habitantes de la vereda Las Mercedes y a partir del mismo, contratar y ejecutar las obras que resulten de rigor para su reparación, reposición, ampliación y mejoramiento de conformidad con el diagnóstico efectuado.
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