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Consejo de Estado delimita competencias de SuperSociedades y SuperSalud en asuntos societarios, contables y financieros

Escrito por  Ago 19, 2026

El Consejo de Estado resolvió un conflicto de competencias entre la Superintendencia de Sociedades y la Superintendencia Nacional de Salud. Analizó que la Ley 1966 de 2019 busca que la SuperSociedades apoye a la Supersalud en asuntos societarios del sector salud y ejerza directamente facultades no atribuidas a la Supersalud, en coordinación. Así, determinó que la Superintendencia de Sociedades es competente para conocer las quejas por la limitación del derecho de inspección de los libros contables, considerándolo un asunto puramente societario interno, bajo su competencia residual y de inspección. Por otro lado, la Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para investigar y sancionar las presuntas irregularidades de carácter contable y financiero en entidades prestadoras de servicios de salud, conforme a su función de vigilar el cumplimiento de normas contables en su sector y los procesos sancionatorios.

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Modificado por última vez en Martes, 18 Agosto 2026 18:03