El Consejo de Estado ordenó a Acuagyr S.A. ESP adelantar las acciones necesarias para cumplir con las recomendaciones y obligaciones establecidas por la CAR, conforme al Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV), debido a la falta de tratamiento adecuado de las aguas residuales vertidas al río Bogotá en la zona colindante con el Condominio Campestre El Peñón, municipio de Girardot, que es la zona objeto de controversia. Se evidenció que los vertimientos carecían de permiso, lo cual generó vulneración de derechos colectivos al ambiente sano y espacio público libre de contaminación.
Adicionalmente, la CAR debe iniciar, dentro de los dos meses siguientes a la notificación, los procedimientos sancionatorios por los vertimientos sin permiso, con un plazo de culminación de doce meses. Se ordenó suspender los vertimientos si tras doce meses no se concede la autorización. También se estableció conformar un Comité de Verificación integrado por autoridades judiciales y representantes de las partes para supervisar el cumplimiento de la sentencia.
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