El Consejo de Estado ordenó al Tribunal de Risaralda admitir la demanda presentada por Aguas de Pereira E.S.P. contra el acto de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (CARDER) que cobró la tasa retributiva de alcantarillado, debido a que determinó que la reclamación presentada por Aguas de Pereira fue interpuesta dentro del término legal establecido. El Tribunal había rechazado la demanda por caducidad, pero la Sala consideró que la reclamación fue presentada en el plazo correspondiente, ya que Aguas de Pereira fue notificada de las facturas el 20 de mayo de 2022, y la reclamación se presentó el 22 de julio de 2022, dentro del mes siguiente al vencimiento de la factura, que era el 21 de junio de 2022. Esto significa que la reclamación cumplió con los requisitos legales y fue oportuna, lo que justificó la admisión de la demanda.