La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) precisó que el tratamiento de aguas residuales forma parte del servicio público domiciliario de alcantarillado y de sus actividades complementarias. En consecuencia, la existencia de infraestructura destinada a esta actividad no habilita, por sí sola, el cobro de una tarifa independiente a los usuarios finales. La entidad señaló que los costos asociados al tratamiento deben reconocerse dentro del esquema tarifario del servicio de alcantarillado, conforme a la metodología regulatoria vigente. Asimismo, recordó que, cuando intervienen distintos prestadores, pueden utilizarse mecanismos como los contratos de interconexión, siempre bajo las condiciones y requisitos establecidos por la regulación, evitando cobros separados a los mismos usuarios por un mismo servicio.