La Corte Constitucional decidió estarse a lo resuelto en la Sentencia C-389 de 2023 al concluir que una parte sustancial del debate sobre igualdad y equidad tributaria frente a la sobretasa a generadoras hidroeléctricas ya había sido analizada y definida, en particular respecto a la validez de fijar cargas diferenciadas según la capacidad contributiva del sector. Por ello, aplicó la cosa juzgada constitucional en ese punto. Asimismo, se inhibió de pronunciarse de fondo sobre el cargo ambiental al considerar que la demanda carecía de suficiencia argumentativa, pues no logró demostrar de manera clara cómo la medida vulneraba la Constitución ecológica o el derecho a un ambiente sano.