La decisión se fundamentó en la "ineptitud sustantiva" de la demanda. Los accionantes argumentaron que la norma creaba un beneficio tributario injustificado para los operadores de los CDLI, afectando la igualdad y equidad. Sin embargo, la Corte aclaró que la disposición define qué ingresos de sociedades extranjeras o personas sin residencia no son de fuente nacional, no siendo los operadores de los CDLI los destinatarios de esta exención. Esta interpretación errónea llevó a que los cargos no cumplieran los requisitos de certeza y especificidad, imposibilitando un pronunciamiento de fondo.