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¿Cuándo puede un municipio declarar un Área de Servicio Exclusivo para el aseo, según la CRA?

Escrito por  Feb 25, 2026

La CRA explicó que la declaratoria de un municipio como Área de Servicio Exclusivo para la prestación del servicio público de aseo es una figura excepcional a la que los entes territoriales solo pueden acudir bajo circunstancias específicas y debidamente justificadas. La entidad recordó que esta posibilidad está prevista en la Ley 142 de 1994 y desarrollada en la Resolución CRA 943 de 2021, que establece el marco normativo, los procedimientos y los requisitos técnicos, económicos, jurídicos y operativos que deben acreditarse para adoptar este esquema. Según la Comisión, los municipios deben demostrar la existencia de motivos que justifiquen restringir la libre competencia, como problemas de eficiencia, cobertura, sostenibilidad o coordinación en la prestación del servicio, y cumplir con una serie de condiciones previstas en la regulación, que incluyen la verificación de la conveniencia de la exclusividad y el diseño de contratos con reglas claras.

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Modificado por última vez en Martes, 24 Febrero 2026 21:19