Imprimir esta página

Consejo de Estado suspendió un acto de la SSPD que revocó sanciones a la EPS de Cubarral por silencio administrativo positivo para la conexión de un servicio de Acueducto, al no configurarse el consentimiento previo del titular afectado

Escrito por  Ene 16, 2026

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el acto de la SSPD que revocó sanciones a la EPS de Cubarral. Dichas sanciones se originaron por silencio administrativo positivo frente a la solicitud de un usuario para conectar un servicio de acueducto. La decisión de suspensión se fundamenta en que la SSPD revocó los actos administrativos favorables al demandante sin su consentimiento previo, expreso y escrito. Esta omisión vulnera el artículo 97 de la Ley 1437 de 2011 y principios de debido proceso y seguridad jurídica, haciendo ilegal la revocatoria, a pesar de que la Superintendencia alegara un error de competencia por ser un asunto urbanístico.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 15 Enero 2026 18:18