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Declarados nulos los actos que concedieron licencia ambiental para un relleno sanitario por falta del Programa Preventivo de Arqueología: Consejo de Estado

Escrito por  Abr 22, 2025

Para el Consejo de Estado, la nulidad de los actos que conceden licencia ambiental para la construcción y operación de un relleno sanitario se fundamenta en la falta de presentación, de forma previa, del Programa Preventivo de Arqueología, exigido por la normativa vigente. Según la Ley 1185 de 2008, este programa es un requisito esencial y debe ser presentado ante la autoridad ambiental antes de la emisión de la licencia. La ausencia de este documento vicia el acto administrativo y cuestiona su legalidad, dado que impide verificar el impacto sobre el patrimonio arqueológico, lo cual es fundamental no solo para el Estado, sino también para la comunidad.

La ley establece que, sin la aprobación del Plan de Manejo Arqueológico correspondiente, no se puede avanzar en la construcción. Al otorgar licencia sin cumplir con esta obligación, se incurre en una irregularidad que no solo afecta la validez del acto, sino también posibles derechos colectivos relacionados con el patrimonio cultural. Así, la legalidad del proceso de licenciamiento queda en entredicho, llevando a la nulidad de las resoluciones que lo sustentan, en este caso, las resoluciones No. 000024 y 425, emitidas por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga.

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Modificado por última vez en Lunes, 21 Abril 2025 21:32