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Consejo de Estado confirmó nulidad del fallo de responsabilidad fiscal relacionado con un contrato suscrito entre la Edat E.S.P. y el Consorcio de Aguas del Tolima, cuyo objeto era el mejoramiento del sistema de acueducto en el Municipio de Prado

Escrito por  Feb 05, 2025

El Consejo de Estado confirmó la nulidad del fallo de responsabilidad fiscal en un caso que involucraba un contrato entre la Empresa Departamental de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del Tolima (EDAT S.A. E.S.P.) y el Consorcio Aguas del Tolima, cuyo objeto era el mejoramiento del sistema de acueducto en el Municipio de Prado. La decisión se basó en la falta de respeto al debido proceso y derecho de contradicción, ya que los actos acusados fueron emitidos sin garantizar la doble instancia, como lo establece el artículo 110 de la Ley 1474 de 2011. La investigación constató que el presunto detrimento patrimonial, ascendente a $414.300.235, superaba las cuantías de contratación permitidas y reveló irregularidades en la ejecución del contrato. Además, se determinó que no se habían considerado adecuadamente las instancias del proceso y los hechos que dieron origen a la imputación de responsabilidad, lo que llevó a la conclusión de que la decisión anterior carecía de validez jurídica.

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