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SSPD explicó cómo es el procedimiento del cobro de servicios públicos cuando el servicio está suspendido

Escrito por  Oct 09, 2024

En el presente concepto la SSPD ofrece una interpretación general de la normativa indicando que los servicios públicos domiciliarios, como el agua, la electricidad y el gas, son considerados esenciales para la vida cotidiana de los ciudadanos. Por lo tanto, su prestación debe regirse por principios de equidad y justicia. Esto significa que los usuarios solo deben pagar por los servicios que efectivamente reciben. Sin embargo, la suspensión del servicio puede ocurrir por diversas razones, como: falta de pago, mantenimiento y puede haber otras razones administrativas o técnicas que lleven a la suspensión.

El concepto también indica las implicaciones de la suspensión, los derechos del usuario que abarca el recibir un servicio de calidad y a no ser cobrados por servicios no prestados. Finalmente, los prestadores deben ajustar sus facturas de acuerdo con la realidad del servicio que están ofreciendo.

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Modificado por última vez en Martes, 08 Octubre 2024 20:24