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Precisiones de la CGR sobre las implicaciones fiscales y contables para las entidades públicas (como municipios) cuando participan como acreedoras en procesos de insolvencia

Escrito por  May 07, 2026

La Contraloría General de la República (CGR) precisó que las entidades públicas, como municipios, cuando actúan como acreedoras en procesos de insolvencia, deben tomar decisiones con base en criterios de eficiencia y protección del patrimonio público. Indicó que aceptar o rechazar bienes adjudicados es una decisión autónoma, sustentada en análisis costo-beneficio, y que su negativa no genera automáticamente responsabilidad fiscal. Esta solo surge si se prueba daño patrimonial, conducta dolosa o culposa y nexo causal. Además, advirtió que no aceptar los bienes implica renunciar al pago dentro del proceso. En el plano contable, reiteró que las entidades deben ajustar su gestión a las reglas de depuración y castigo de cartera, cuando exista imposibilidad de recaudo, garantizando que los estados financieros reflejen la realidad económica.

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Modificado por última vez en Miércoles, 06 Mayo 2026 18:52