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SuperSociedades precisa reglas sobre la creación, eliminación y uso de reservas en las SAS

Escrito por  Abr 06, 2026

La Superintendencia de Sociedades señaló que la reserva legal no es obligatoria para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), salvo que se estipule expresamente en sus estatutos. Si esta reserva se encuentra constituida, ya sea por disposición estatutaria o por una transformación societaria previa, la asamblea de socios tiene la facultad de reformar los estatutos para abolirla. Una vez eliminada, el saldo de la reserva, al provenir de utilidades líquidas no distribuidas, queda a libre disposición de los socios. Podrán destinarlo a la distribución de dividendos, compensación de pérdidas o su reclasificación a otras reservas ocasionales, reforzando la autonomía de este tipo societario.

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Modificado por última vez en Domingo, 05 Abril 2026 14:02