La DIAN precisó el procedimiento para la devolución del IVA pagado en la adquisición de vehículos eléctricos o híbridos. Este beneficio aplica a personas naturales para uso personal que cuenten con la certificación de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), reconociéndolos como una medida de Gestión Eficiente de la Energía. Si el IVA fue facturado antes de obtener dicha certificación, el monto pagado puede ser reclamado como "pago de lo no debido" ante la DIAN, dentro de los cinco años siguientes a la fecha de la factura. Entre los requisitos se incluyen el certificado de la UPME, una relación detallada de facturas y la confirmación de que el IVA no fue deducido o descontado previamente.