El Consejo de Estado declaró infundado el impedimento presentado por un consejero para conocer un proceso contra actos de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios relacionados con la resolución de conflictos entre empresas del sector. La Sala concluyó que los conceptos emitidos previamente por el magistrado, en su paso por la CRA, fueron generales y no guardan relación directa ni vinculante con el caso concreto. Además, precisó que en esta etapa solo se analiza la caducidad de la demanda, sin abordar la legalidad de los actos administrativos cuestionados.