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MinAmbiente explicó los lineamientos para la obtención de licencia ambiental en proyectos hidroeléctricos de menos de 1 MW

Escrito por  Jul 25, 2025

MinAmbiente explicó que los proyectos hidroeléctricos con capacidad inferior a 1 MW que operen en zonas interconectadas deben tramitar licencia ambiental ante la autoridad competente, según el literal c) del numeral 4 del artículo 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015 modificado por el Decreto 852 de 2024. Solo están exceptuadas de licencia las pequeñas hidroeléctricas con capacidad ≤10 MW que operen en Zonas No Interconectadas (ZNI). La licencia ambiental garantiza la prevención y mitigación de impactos ambientales conforme a la Ley 99 de 1993, promoviendo el derecho constitucional a un ambiente sano. Este concepto se expide en abstracto y no es de obligatorio cumplimiento.

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Modificado por última vez en Jueves, 24 Julio 2025 18:24