La Corte Constitucional declaró exequibles las restricciones a la circulación de vehículos terrestres, fluviales y aéreos en Catatumbo y municipios del Cesar, establecidas en el Decreto Legislativo 154 de 2025, dentro del estado de conmoción interior. Estas medidas buscan facilitar operaciones militares y policiales contra grupos armados, proteger a la población y controlar la movilidad de armas y materiales ilícitos. La medida sobre registros a medios de transporte por parte de las Fuerzas Militares es exequible condicionadamente, limitada a zonas rurales sin presencia policial y sujeta a principios y procedimientos propios de la función de policía. Además, se reconoce que los alcaldes pueden modificar horarios en coordinación con comandantes militares, respetando comunidades indígenas.