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Cobro del servicio de aseo según uso del predio y volumen de residuos generados: CRA explicó procedimiento

Escrito por  Jul 07, 2025

La CRA precisó que para el cobro del servicio de aseo, la clasificación del usuario depende del uso del predio y del volumen de residuos generados. En el caso de un espacio de 24 metros destinado a antenas de telecomunicaciones, si dicho predio no realiza actividades comerciales, industriales ni oficiales según el Código de Comercio y genera menos de un (1) metro cúbico mensual de residuos sólidos, se clasificaría como usuario residencial; de lo contrario, como no residencial. La normativa permite clasificar a los usuarios en grandes o pequeños generadores según el volumen de residuos. Por tanto, el cobro debe ajustarse a esta clasificación, y no es automático cobrar por el espacio destinado a antenas si no corresponde a las categorías y volúmenes establecidos.

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Modificado por última vez en Domingo, 06 Julio 2025 18:26