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Consejo de Estado exoneró de responsabilidad a Triple A, al encontrar que se demostró la adecuada canalización del arroyo de Carrizal, que era una obligación del Foro Hídrico, dado un accidente en vía pública

Escrito por  Oct 22, 2024

Se demandó al Ministerio de Ambiente y otros por la caída que sufrió una persona cuando transitaba una calle húmeda. La Sala exoneró a la Triple A de responsabilidad, dado que se demostró que la humedad en la vía provenía de un arroyo mal canalizado, lo cual era una obligación del Foro Hídrico. Las funciones de la Triple A no incluían el manejo del desagüe de aguas lluvias. El Alto Tribunal reafirmó que el Foro Hídrico era responsable de la adecuada canalización del arroyo de Carrizal, y su falta de acción en este aspecto fue un factor clave en la decisión. En resumen, el Consejo de Estado determinó que la responsabilidad por el accidente y los daños causados recaía en el Foro Hídrico, mientras que la Triple A no tenía responsabilidad en este caso.

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Modificado por última vez en Martes, 22 Octubre 2024 15:24