Se trata del fallo de la Corte en la que estudió una tutela presentada por el periódico El Colombiano de Medellín contra el alcalde de la ciudad, en la que alegó violaciones a la libertad de expresión y de prensa debido a publicaciones del alcalde en redes sociales que cuestionaban la imparcialidad del medio. La Corte instó al alcalde a reconocer la legitimidad de las informaciones del medio y a fomentar un diálogo respetuoso con los medios, subrayando la importancia de mantener espacios de convivencia pacífica en el ejercicio del periodismo. La Corte determinó que la acción no cumplía con el requisito de subsidiariedad, ya que la accionante no solicitó la rectificación de la información publicada en redes sociales, lo cual es necesario para proteger la libertad de expresión.