La Entidad precisa que a través de la Circular Externa SSPD 000003 de 2004, en la cual estableció el termino de tres (3) días siguientes a la fecha en la cual se notifique la decisión del recurso de reposición, para que el prestador haga la debida remisión del expediente, lo cual además fue ratificado por la Circular Externa SSPD No. 20221000000364 de 2022.