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Concepto de la SuperSociedades sobre la expedición de duplicado de títulos accionarios

Escrito por  Oct 11, 2023

Cuando el accionista solicite un duplicado por pérdida del título, dará la garantía que le exija la junta directiva. En caso de deterioro, la expedición del duplicado requerirá la entrega por parte del accionista de los títulos originales para que la sociedad los anule. Los títulos al portador sólo serán sustituibles en caso de deterioro.

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