de las obligaciones contractuales, se encuentra amparada en el margen de configuración legislativa que en materia económica permite una restricción como la prevista en los artículos demandados en tanto supera el juicio de proporcionalidad”.
La Corte decidió declarar exequibles los artículos 3 (parcial) y 7 de la Ley 2024 de 2020, en lo referente a la obligación de pago en plazos justos en el ámbito mercantil. La Sala encontró que la norma demandada “no desconoce la Constitución Política, dado que la medida de plazos justos, que beneficia a las micro, pequeñas y medianas empresas con carácter imperativo en el pago
de las obligaciones contractuales, se encuentra amparada en el margen de configuración legislativa que en materia económica permite una restricción como la prevista en los artículos demandados en tanto supera el juicio de proporcionalidad”.