definitivo del servicio e igualmente podrá exigir el cobro de los servicios dejados de facturar.
De acuerdo con el presente concepto, en virtud de una conexión fraudulenta, el prestador de servicios públicos domiciliarios tiene la potestad de realizar la suspensión o corte
definitivo del servicio e igualmente podrá exigir el cobro de los servicios dejados de facturar.