La CRA explicó la normatividad aplicable al cobro del servicio de aseo en áreas rurales. La entidad subraya que las empresas prestadoras tienen la obligación de realizar y pueden cobrar por el barrido y limpieza de vías y áreas públicas, incluso en zonas rurales dispersas, bajo un régimen de libertad vigilada que les permite fijar tarifas, aunque deban informar a la Comisión y sean supervisadas. Sin embargo, aclara que otras actividades de limpieza urbana, como el lavado de calles, corte de césped o poda de árboles, están delimitadas al perímetro urbano y, por lo tanto, no pueden ser cobradas vía tarifa a los usuarios en zonas rurales, con la única excepción del mantenimiento e instalación de cestas. Este dictamen enfatiza que solo se pueden facturar servicios efectivamente prestados y previstos.