La Contraloría General de la República precisó que la declaratoria de utilidad pública e interés social constituye un instrumento jurídico que habilita al Estado para adquirir bienes necesarios para la ejecución de obras o proyectos de interés colectivo, incluso mediante expropiación cuando no sea posible una negociación voluntaria. En un concepto, explicó que esta declaratoria debe estar expresamente prevista en la ley, responder a una finalidad de interés general y respetar el debido proceso y el derecho a la propiedad. Agregó que su alcance varía según el régimen jurídico aplicable a cada proyecto, por lo que las autoridades deben verificar el marco normativo específico antes de adelantar los procedimientos de adquisición de los inmuebles.