Un concepto jurídico analizó si los recursos provenientes de las transferencias del sector eléctrico que reciben los municipios por formar parte de una cuenca hidrográfica pueden destinarse a financiar la operación y el fortalecimiento de los cuerpos de bomberos voluntarios para la atención de incendios forestales, inundaciones y otras emergencias con impacto ambiental. Al respecto, se precisó que estos recursos solo pueden invertirse en obras previstas en el plan de desarrollo municipal, con prioridad en proyectos de saneamiento básico y mejoramiento ambiental, y, en los municipios con páramos, en acciones para su conservación. Asimismo, recordó que el saneamiento básico comprende obras de acueducto, alcantarillado, tratamiento de aguas y manejo de residuos líquidos y sólidos, y que únicamente hasta el 10 % de estos recursos puede destinarse a gastos de funcionamiento asociados a dichos proyectos. Así lo precisó el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en respuesta a una consulta formulada por el alcalde del municipio de Peque (Antioquia)