El Ministerio de Ambiente consideró que según la Ley 2250 de 2022 y la Resolución 1830 de 2024, los pequeños mineros deben tramitar obligatoriamente una Licencia Ambiental Temporal (LAT) para continuar sus operaciones. Si bien las guías minero-ambientales y buenas prácticas deben considerarse en el Estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio enfatiza que no reemplazan la LAT. Esta licencia es el instrumento legal que habilita y regula la actividad, estableciendo un marco ambiental vigente y especial para la pequeña minería mientras se avanza hacia la licencia global o definitiva.