La CRA se pronuncia ante la controversia entre prestadores de servicios sobre la distribución de recursos y el cálculo de tarifas cuando un prestador registra toneladas aprovechadas luego de un periodo de aplazamiento. Según la normativa vigente, los promedios para liquidación tarifaria se calculan con información certificada y publicada en el Sistema Único de Información (SUI), considerándose datos extemporáneos si son reportados dentro de cinco meses posteriores al periodo. Cuando la medida de aplazamiento es levantada, se ajustan los promedios definitivos y los recursos no facturados deben cobrarse sin intereses. Las discrepancias entre prestadores deben resolverse en los Comités de Conciliación de Cuentas, conforme al Decreto 1381 de 2024 y la Resolución CRA 1011 de 2025, que establecen mecanismos para acuerdos y planes de pagos, sin permitir compensaciones tarifarias entre servicios.