El Ministerio de Ambiente aclaró que la Ley 2173 de 2021, que promueve la restauración ecológica mediante la siembra de árboles, no define el término "fase de salvamento" en sus normas ni en su reglamentación. Esta situación genera incertidumbre sobre la aplicación práctica y el alcance de la exención para empresas disueltas, liquidadas, inactivas o en esta fase, que deben presentar un certificado oficial que acredite su condición para quedar exentas. Aunque no se crea una equivalencia jurídica, el Ministerio reconoce que procesos formales como la reorganización empresarial bajo la Ley 1116 de 2006, que busca recuperar y conservar empresas para evitar su liquidación, pueden servir como acreditación válida ante la autoridad ambiental. Sin embargo, la última palabra sobre la situación jurídica corresponde a las autoridades empresariales o judiciales competentes, mientras que el Ministerio verificará únicamente la documentación presentada, sin definir ni ampliar el concepto legal de "fase de salvamento". Así, se protege el principio de legalidad y se evita la creación de nuevas categorías jurídicas fuera del marco normativo vigente.