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Los usuarios del servicio de alcantarillado público no están obligados a reportar en el RUA las características de los vertimientos; esta responsabilidad recae en el prestador del servicio: MinAmbiente

Escrito por  Abr 08, 2026

El Ministerio de Ambiente precisó el alcance de la Resolución 839 de 2023, la cual establece lineamientos para el Registro Único Ambiental (RUA). La entidad confirmó que empresas operadoras de sistemas de alcantarillado municipal, están obligadas a diligenciar y actualizar el RUA para sus vertimientos, aun cuando no sean generadoras directas de las aguas residuales, debido a su rol y la tenencia del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV). Además, Minambiente dictaminó que los usuarios conectados al sistema de alcantarillado no deben declarar sus descargas en el RUA, recayendo esta responsabilidad en el operador para evitar duplicidad de información. Se diferenció "transferencia" de contaminantes (del usuario al sistema de alcantarillado para tratamiento) de "emisión" (del operador al cuerpo receptor final).

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Modificado por última vez en Martes, 07 Abril 2026 19:50