El Ministerio de Transporte de Colombia aclaró que el uso de vidrios polarizados en vehículos públicos de carga está regulado bajo la Resolución 20223040045295 de 2022 y el Código Nacional de Tránsito, que exige cumplir con porcentajes específicos de transmisión luminosa para parabrisas, puertas y vidrios traseros. La circulación sin permiso es válida solo si se cumplen estas características técnicas certificadas por organismos acreditados. Para verificar el grado de polarización, las autoridades de tránsito deben usar equipos técnicos como fotómetros o luxómetros, garantizando medidas objetivas y ajustadas a la normativa. En casos que el nivel sea inferior al permitido, el conductor debe solicitar un permiso ante el Ministerio de Defensa vía Policía Nacional, excepto para vehículos de dignatarios o situaciones especiales. Estas disposiciones buscan equilibrar la seguridad vial y las condiciones laborales sin afectar la legalidad del tránsito ni imponer sanciones arbitrarias.