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CRA: Organizaciones de Recicladores de Oficio cuentan con plazo de cinco años para regularización, según Decreto 1381 de 2024

Escrito por  Oct 16, 2025

La Entidad precisa que no es procedente exigir a las Organizaciones de Recicladores de Oficio (ORO) la entrega de bases de datos de usuarios como requisito para la conformación o funcionamiento de los Comités de Conciliación de Cuentas. Esta obligación está sujeta al régimen de regularización establecido en el Decreto 1381 de 2024, que otorga un plazo máximo de cinco años para su cumplimiento gradual. Imponer esta exigencia anticipada genera barreras y puede constituir abuso de posición dominante, contrario a la normativa vigente y a los principios de colaboración entre prestadores. La CRA recomienda respetar el régimen de formalización y las disposiciones del reglamento adoptado por la Resolución CRA 1011 de 2025. 

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Modificado por última vez en Miércoles, 15 Octubre 2025 19:29