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¿Cuáles son las excepciones y requisitos para la prórroga o adición, en tiempo, de contratos estatales y cómo deben reportarse estas ante la CGR?

Escrito por  Sep 29, 2025

Se enfatiza que la prórroga de contratos estatales es legal y viable siempre que no sea automática, indefinida ni injustificada, y debe basarse en un análisis previo, consciente y razonado por parte de la entidad contratante. Dicho análisis debe evaluar si la prórroga es una opción adecuada, eficiente, económica y eficaz para cumplir el objeto contractual y satisfacer el interés público, respetando principios como planeación, transparencia y libre competencia. No constituye un derecho del contratista, sino una posibilidad sujeta a condiciones legales y contractuales.

Las excepciones para adiciones en tiempo están reguladas por normativas específicas, y las extensiones deben reportarse mensualmente en el Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información (SIRECI), utilizando los campos establecidos para prórrogas y adiciones, aplicables también a particulares que gestionan recursos públicos. El principio de continuidad implica que las entidades privadas que manejan recursos públicos deben rendir información contractural mensualmente, incluyendo las prórrogas dentro de los plazos establecidos en SIRECI, garantizando la transparencia y control fiscal.

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Modificado por última vez en Domingo, 28 Septiembre 2025 17:24