Esta Cartera Ministerial precisa que, en casos de escisión empresarial, la cesión previa de licencias y permisos ambientales no es estrictamente obligatoria, salvo que la normativa específica indique lo contrario. Sin embargo, si la cesión es requerida, el procedimiento implica presentar solicitudes por escrito ante la autoridad ambiental competente, identificando claramente si la cesión es total o parcial, y anexar la documentación requerida, como contratos, certificados y antecedentes de obligaciones. La normativa aplica a permisos como concesión de aguas, licencias, planes de manejo, emisiones atmosféricas, vertimientos, aprovechamiento forestal y ocupación de cauces, garantizando la continuidad del cumplimiento legal y la protección ambiental durante el proceso de transferencia.