La Superintendencia de Industria y Comercio reiteró que los precios de viviendas VIS y VIP deben informarse en pesos colombianos, no en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), en cumplimiento de los artículos 24 y 26 de la Ley 1480 de 2011. La Circular Externa 004 de 2024 refuerza que los promotores y constructores deben proporcionar información clara y precisa desde la etapa precontractual. La práctica de comunicar precios en SMLMV fue considerada contraria al Estatuto del Consumidor, pues genera incertidumbre sobre el valor real que el comprador debe pagar al momento de la escrituración