Imprimir esta página

MinAmbiente aclaró plazo legal para renovar permisos de vertimientos según el Código Civil

Escrito por  Ago 04, 2025

 El Ministerio de Ambiente aclaró que la solicitud de renovación del permiso de vertimientos debe presentarse dentro del primer trimestre del último año de vigencia del permiso, según lo establecido en el artículo 2.2.3.3.5.10 del Decreto 1076 de 2015. Este “último año” no corresponde al año calendario, sino a los 365 o 366 días previos a la fecha exacta de vencimiento del permiso, por lo que el primer trimestre varía en cada caso. La interpretación adecuada es que la solicitud debe radicarse entre 12 y 9 meses antes del vencimiento, lo cual permite a la autoridad ambiental contar con tiempo suficiente para tramitar la renovación antes de que el permiso caduque. Esta interpretación se apoya en las reglas del Código Civil sobre cómputo de plazos y en el principio de interpretación sistemática, que busca coherencia entre las normas. La aclaración garantiza seguridad jurídica y continuidad en el ejercicio de actividades sujetas a vertimientos.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 04 Agosto 2025 07:03